La cláusula suelo o el suelo hipotecario es un límite que se aplica aunque el tipo de interés de la hipoteca disminuya. Se pueden reclamar por vía judicial y extrajudicial. Hoy en día, surgen muchas preguntas sobre su reclamación, incluyendo el caso de las hipotecas que ya han sido pagadas.
Reclamación de los gastos en las cláusulas suelo
Hoy en día, de acuerdo con el Tribunal Supremo, es posible reclamar la devolución de los gastos por cláusula suelo. No obstante, el Alto Tribunal bloquea la devolución de los fallos previos a 2016, debido a que una sentencia firme no puede revisarse de nuevo. Anteriormente, solían permitirse las devoluciones parciales de la cláusula y en la actualidad no se puede reclamar el resto.
La vía extrajudicial
Esta vía se aleja mucho del camino judicial, tan temido por sus retrasos. La vía se refleja en el Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de enero. El Real Decreto se ampara en las medidas urgentes necesarias sobre cláusula suelo para así proteger a los consumidores.
Las entidades bancarias tienen la obligación de aceptar las reclamaciones que ponen los clientes sobre cláusula suelo. El plazo del que disponen es de tres meses. La obligación que sustenta el plazo es la obligación que tienen de darle una solución factible al cliente, y devolverle dicha cantidad directamente sin más reclamación. En caso de que no haya respuesta en ese plazo de tres meses, o que dicho cliente no esté conforme con la cantidad recibida, la solución que le quedará es reclamar mediante la vía judicial.
La vía judicial
La vía judicial es un camino posible, pero mucho más burocrático y largo. La reclamación se deslizará muy lentamente en el tiempo, pero a veces resulta necesario. La particularidad que tiene la vía judicial es también que en caso de que la cantidad estimada acabe siendo inferior a la que se ofrecía en la vía judicial, las costas del juicio se impondrán a cargo del afectado. Pero este es un supuesto que no suele darse, puesto que lo primero que se hace en este despacho de abogados, es comprobar la cantidad, y siempre tramitamos con un riesgo mínimo de costas. Nosotros VAMOS A EXITO, es decir que si el cliente no cobra, nosotros no cobramos. Además de que siempre intentamos ganar con costas, puesto que su importe normalmente es superior a lo que correspondería con el porcentaje que se obtiene sobre el importe devuelto.
¿Se puede reclamar la cláusula suelo de una hipoteca que ya está pagada?
La mayor parte de préstamos siguen vigentes. Pero en caso de que se haya terminado de pagar una hipoteca, también se puede reclamar, ya que la ley también opera sobre las que ya han vencido. La Jurisprudencia de Nuestro Tribunal Supremo, indica que no prescribe nunca, al ser NULIDAD ABSOLUTA, es decir que lo que no existe, no puede prescribir.
El tipo legal del dinero
Además, las cantidades abonadas de más generan intereses desde el momento del pago al tipo de interés legal dinero, y sí el pago se produce después de la Sentencia, y una vez iniciada la ejecución de la misma, o apremio, el interese se verá incrementado en 2 puntos porcentuales. Es decir que el retraso en la reclamación, lejos de causar daño, genera un nuevo beneficio que se corresponde con estos intereses a mayores, que dan un rendimiento muy superior a cualquier plazo fijo.
La cláusula suelo es una reclamación sencilla de la mano de personas expertas. Te animamos a que reclames con nuestros abogados expertos. Solicita presupuesto sin compromiso, sabiendo que nosotros TRABAJAMOS A EXITO, es un porcentaje sobre la cantidad que se devuelva, y si ganamos con costas, le puede llegar a salir GRATIS.