La cancelación de la hipoteca es el trámite que pone punto final a la vida de un préstamo hipotecario. En este proceso se siguen varios pasos hasta que el Registro de la Propiedad elimina la carga del inmueble asentada en su día.
Ahora bien, la gran pregunta que muchos usuarios se formulan es: ¿a quién corresponde sufragar estos gastos?
Evidentemente, es el propietario del inmueble el interesado en liberarlo de cualquier carga una vez que se haya liquidado la deuda. Por tanto, la mayor parte de las veces será este quien asuma los gastos de cancelación si desea llevar a cabo el proceso. Las entidades financieras se limitan a aportar la documentación que legalmente les corresponde y a designar un apoderado para que firme, pero no asumen los gastos derivados, y llegan a cobrar una comisión por dicha actuación.
Una sentencia que obliga a Kutxabank a asumir los gastos de cancelación
En un momento en el que los usuarios se han puesto en pie de guerra contra la banca, ganando la partida de las cláusulas suelo y de los gastos de constitución de las hipotecas, entra en escena la de los costes de cancelación.
En este caso, ha sido la Audiencia Provincial de Bizkaia la que ha obligado a Kutxabank a devolver el dinero que un demandante gastó en la tramitación de la cancelación de su hipoteca. Si bien la entidad alegó que era el propietario quien tenía interés en eliminar el apunte hipotecario del Registro de la Propiedad, el tribunal rechazó la alegación. Y la rechazó argumentando que, en su día, se inscribió a favor del banco y, por tanto, ahora debería hacerse a favor del propietario.
Por tanto, la jurisprudencia ha sentado las bases para poder cambiar las «reglas del juego», pero no deviene en norma. Es decir, si un propietario quiere hacer desaparecer la carga del Registro de la Propiedad porque ya ha saldado la deuda, lo más probable es que tenga que pagar los costes. Eso sí, después podría iniciar un procedimiento judicial para solicitar que el banco le devolviese ese dinero y, en ese caso, dado que existe jurisprudencia al respecto, es posible que ganase la demanda.
Qué se necesita para cancelar una hipoteca
A continuación se detallan brevemente los pasos que deben seguirse:
1. Saldar la deuda con el banco y solicitar el certificado de deuda cero.
2. Acudir a una notaría y presentar el certificado para que preparen la escritura de cancelación que ha de firmar un representante del banco. El Banco de España prohíbe que las entidades cobren importe alguno por realizar este desplazamiento.
3. Liquidar en Hacienda el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (modelo 600), aunque la cancelación está exenta y el importe a pagar es cero.
4. Presentar la documentación en el Registro de la Propiedad para que sea levantada la carga.
En definitiva, hasta el momento los gastos de cancelación han sido pagados por el propietario. Ahora bien, la antes aludida sentencia de la Audiencia Provincial de Bizkaia puede cambiar el orden establecido. Sin embargo, si te ves en tal situación, para conseguir que sea el banco quien asuma estos costes deberás acudir a los tribunales.