[vc_row][vc_column][vc_column_text]
El Juzgado de Primera Instancia Nº3 de Oviedo declara usurario el interés de un contrato de tarjeta de crédito, formalizado hace 18 años, superior al 25% así como abusivos el resto de intereses y comisiones incluidos en el contrato, debido a lo elevado de los mismos y lo ilegible del contrato.
La Sentencia recoge que la declaración de nulidad de estas comisiones supone la nulidad del contrato, por lo que el demandante únicamente estará obligado a abonar el dinero del que hubiese dispuesto, y en caso de que lo ya pagado exceda de lo dispuesto, el Banco habrá de restituir el exceso con intereses. Imponiendo igualmente al banco todas las costas del juicio.
[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_empty_space height=»62px»][vc_separator][vc_empty_space height=»62px»][vc_custom_heading text=»SOLICITA INFORMACIÓN» font_container=»tag:h3|text_align:center|color:%23b2c5c9|line_height:1″ use_theme_fonts=»yes»][vc_empty_space][contact-form-7 id=»452″][/vc_column][/vc_row]