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Aspectos legales sobre los ficheros de morosos

Los ficheros de morosos sirven para dejar constancia de una deuda y pueden ser utilizados indistintamente por las entidades financieras para reducir el riesgo. Para el cliente, estar en esta lista es una dificultad para solicitar financiación. En este artículo se indican los distintos aspectos legales a tener en cuenta y cuál es el protocolo a seguir.

Tipos de ficheros de morosos

Aunque hay varias clases de ficheros de morosos, los más utilizados son dos. En primer lugar, el fichero de la Asociación Nacional de Establecimientos Financieros (ASNEF) que sirve para las deudas de particulares con bancos, entidades financieras, y otros proveedores de servicios como compañías telefónicas, de electricidad, etc… Por otra parte, el Registro de Aceptaciones Impagadas (RAI), exclusivo para las empresas, con el requisito de tratarse de deuda documentada en letras, pagares o cheques.

Existen otros ficheros como Experian que ya se está utilizando, pero los más importantes son los dos primeros.

Habida cuenta del requisito de la documentación de la deuda, del RAI, los otros dos ficheros, también incluyen un registro a nivel de empresas.

LA FINALIDAD DE ESTOS REGISTROS ES RECOGER LAS EMPRESAS O PERSONAS INSOLVENTES, para con ello, evitar nuevas contrataciones fallidas.

Protocolo para inscripción en el fichero de morosos

Para que una empresa pueda incluir a un particular en un fichero de morosos se tienen que dar una serie de condiciones ineludibles. Si no es así, se puede reclamar en cualquier momento la baja del mismo.

1. Deuda demostrable

Para la inclusión en los ficheros de morosos, la deuda vencida, líquida y exigible ha de ser demostrable. Esto implica que exista una factura vencida impagada por un bien y servicio que se ha recibido.  Siempre que el deudor no haya mostrado una oposición al pago, por entender que la misma es ilegal.

2. Requerimiento del pago

Otro aspecto imprescindible es que haya existido un requerimiento del pago al interesado sin éxito.  Extremo que deben de acreditar, si bien no en el momento de la inscripción, sino en el momento en que el deudor solicita la cancelación de la inscripción.

3. Documentación coherente

Este punto es muy importante, porque si haya alguna contradicción en la documentación aportada, esta pasaría a ser nula de pleno derecho.  O por la oposición del deudor, bien judicial o extrajudicial, si el crédito pasa a ser contencioso, debe de anularse la inscripción.

4. Notificar la inclusión en el fichero

Para cumplir con lo dispuesto en la Ley de Protección de Datos, la empresa está obligada a notificar al interesado que va a ser incluido en el fichero de morosos. De lo contrario, se pueden emprender acciones legales.  Hecho que sucede con mayor frecuencia, puesto que nunca se produce una notificación con acuse de recibo.

Cómo salir de una lista de morosos

Hay maneras de salir de una lista de morosos, en función de si el motivo de la inclusión ha sido justificado o no. Es bueno conocerlas para evitar situaciones problemáticas.

1. Inclusión por deudas

Si ha habido una deuda real, la manera más rápida de salir del fichero es pagarla. Ahora bien, una vez que se haya abonado la cantidad procederá enviar el justificante del mismo a la empresa gestora de la inscripción, para que esta, de oficio, retire los datos. En cualquier caso, conviene recordar que a los 6 años tienen que retirar los datos personales del fichero porque estos prescriben.

2. Inclusión no justificada

Cuando la inclusión no está justificada, se puede actuar de oficio ante la empresa gestora, y en caso de no obtener respuesta, trasladar la denuncia a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) para reclamar la retirada. Además, esta acción no impide tomar otras de tipo legal para depurar responsabilidades si así se estima conveniente. De todas formas, la empresa está obligada a contestar en un máximo de 10 días a la solicitud de borrado de datos.

Qué hacer en caso de haber sido incluido de forma indebida

Tiene derecho a una indemnización, que ha sido valorada por nuestro Tribunal Supremo en la cuantía de 10.000€, por daños al honor.  Todo dependerá del daño causado, así como del tiempo que permanece la inscripción, y las entidades que hayan consultado en ese tiempo.

 

Los ficheros de morosos son un instrumento que se utiliza para reducir el riesgo para las entidades financieras pero, en ocasiones, se utilizan como COACCION PARA CONSEGUIR el cobro de una deuda más que dudosa, y por ello la inclusión no está justificada. Al consumidor le interesa conocer sus derechos y desde Viso Abogados podemos ayudarle a reclamar la retirada de datos cuando no proceda.

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